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SAGARPA > Desarrollo Rural > Asistencia Técnica 2010 > Asistencia Técnica y Capacitación

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Asistencia Técnica y Capacitación

 

B).- Desarrollo Empresarial:

Las Organizaciones Económicas Rurales podrán recibir apoyos para la contratación de un Prestador de Servicios Profesionales para asesoría en Desarrollo Empresarial y que de manera participativa con directivos, socios o integrantes realicen el autodiagnóstico de su empresa para determinar su nivel de desarrollo y las variables críticas a resolver para mejorar y consolidar de manera integral o específica; cada una de sus áreas estratégicas organizativa, administrativa, financiera, comercial y operativa, incluyendo diseño, implementación y seguimiento.

Archivos disponibles para descarga:

  •  Cédula de Autodiagnóstico para Organizaciones Económicas. 
  •  Propuesta de Convocatoria. 
  •  Carta de nombramiento del profesional. 
  •  Declaración de cumplimiento de requisitos de elegibilidad. 
  •  Carta compromiso del asesor para asistir a capacitación.
  •  Guía del Autodiagnóstico para Organizaciones Económicas.
  •  Programa de trabajo del asesor en Organización Económica Rural. 
  •  Formatos para llenado (Editables) 
  •  

    Para consultar más información sobre la Unidad Técnica Especializada en Desarrollo Empresarial, da click AQUÍ.

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    Mayores informes:

    Para mayores informes sobre el componente de Asistencia Técnica y Capacitación diríjase a:

    Dirección General de Servicios Profesionales para el Desarrollo Rural.
    Municipio Libre # 377, Tercer Piso, ala "A". Col. Santa Cruz Atoyac.
    Del. Benito Juárez. México D. F.
    Teléfono: 01 (55) 38 71 10 00, ext. 33506
    Correo Electrónico: capacitacion.psp@sagarpa.gob.mx

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

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    Última modificación:
    17 de agosto de 2010 a las 08:59