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SAGARPA > Desarrollo Rural > Asistencia Técnica 2010 > Asistencia Técnica y Capacitación

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Asistencia Técnica y Capacitación

 

C).- Asistencia Técnica Pecuaria:

Los grupos u organizaciones económicas de ganaderos o apicultores por especie producto, podrán recibir apoyos para la contratación de un prestador de servicios profesionales (persona física o moral), para que les proporcione Asistencia técnica y capacitación bajo el modelo GGAVATT, GIT, Grupos de Excelencia u otros similares, para mejorar sus capacidades productivas y el aprovechamiento sustentable de los recursos dedicados a la producción pecuaria. Los servicios se efectuarán bajo un programa de trabajo acordado previamente con los productores.

Archivos disponibles para descarga:

  •  Propuesta de Convocatoria. 
  •  Carta de nombramiento del profesional. 
  •  Declaración de cumplimiento de requisitos de elegibilidad. 
  •  Carta compromiso del asesor para asistir a capacitación. 
  •  Programa de Trabajo Apícola.
  •  Programa de Trabajo Bovinos Carne.
  •  Programa de Trabajo Bovinos Leche.
  •  Programa de Trabajo Caprinos.
  •  Programa de Trabajo Bovinos Doble Propósito.
  •  Programa de Trabajo Ovinos.
  •  Programa de Trabajo Porcinos.
  •  Formatos para llenado (Editables)
  •  

    Para consultar más información sobre la Unidad Técnica Especializada en Asistencia Técnica Pecuaria, da click AQUÍ. 

    <<< Regresar a Estrategias

     

    Mayores informes:

    Para mayores informes sobre el componente de Asistencia Técnica y Capacitación diríjase a:

    Dirección General de Servicios Profesionales para el Desarrollo Rural.
    Municipio Libre # 377, Tercer Piso, ala "A". Col. Santa Cruz Atoyac.
    Del. Benito Juárez. México D. F.
    Teléfono: 01 (55) 38 71 10 00, ext. 33506
    Correo Electrónico: capacitacion.psp@sagarpa.gob.mx

    “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente”.

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    Última modificación:
    17 de agosto de 2010 a las 08:59