Fracción I.- Objetivo Específico.- Apoyar la consolidación de formas de organización social y por sistema-producto representativas, para su efectiva participación consultiva en la instrumentación de políticas, planes y programas de desarrollo rural.
Fracción II.- Lineamientos.
II.1. Población Objetivo.- Serán elegibles para este programa:
II.1.1. Las organizaciones sociales del sector rural, legalmente constituidas, sin fines de lucro y cuyo objeto social contemple la representación de sus integrantes en los foros e instancias creadas para la participación del sector rural.
II.1.2. Comités sistema producto nacionales, estatales y regionales, integrados de acuerdo a la Ley de Desarrollo Rural Sustentable.
II.2. Beneficiarios.
II.2.1. Requisitos.
Las organizaciones interesadas en participar del programa deberán acudir a la(s) ventanilla(s) de atención autorizada(s) en las presentes Reglas para cada componente, siempre y cuando cumplan con lo siguiente:
Tratándose de Organizaciones Sociales:
a) Estar legalmente constituidas;
b) Tener un objeto social que le permita desarrollar, entre otras, las actividades previstas por el artículo 143 de la Ley;
c) Haber transcurrido por lo menos tres años desde la fecha de su constitución;
d) Contar con representatividad en por lo menos cinco Estados de la República Mexicana, la cual se acreditará con la constancia emitida por dependencias del Gobierno Federal o Entidades Federativas, o en su caso, con la constancia de participación en los Consejos Estatal o Municipal para el Desarrollo Rural Sustentable;
e) No perseguir fines de lucro ni de proselitismo partidista;
f) Tener la Clave de Inscripción al Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil (CLUNI), expedida por el Instituto Nacional de Desarrollo Social;
g) Documento comprobatorio emitido por institución bancaria que demuestre que la organización tiene una cuenta productiva;
h) Acuse del informe anual de actividades del ejercicio inmediato anterior presentado ante el Instituto Nacional de Desarrollo Social;
i) La carta finiquito correspondiente al último ejercicio, en caso de que la organización haya sido apoyada en el ejercicio anterior;
j) Tener un plan de trabajo de la organización, en los términos que se definen en las presentes Reglas de Operación, conforme al convenio de concertación y los términos de referencia que emita la unidad responsable;
k) Manifestar bajo protesta de decir verdad estar al corriente de sus obligaciones fiscales, y
l) Presentar solicitud en el formato del Anexo 74 de este programa.
Tratándose de Comités sistema producto:
a) Estar formalmente constituidos de acuerdo con la estrategia definida por la Secretaría;
b) Contar con una figura jurídica propia que reciba los apoyos o en su caso, reconocer alguna otra organización constituida bajo las formas legales de organización económica y social, que para tal efecto lo represente;
c) Contar con un Plan Anual de Fortalecimiento (PAF) acorde a su Plan Rector;
d) Manifestar bajo protesta de decir verdad estar al corriente de sus obligaciones fiscales;
e) Presentar en tiempo y forma la solicitud de apoyo ante la unidad responsable del programa;
f) Copia del acta constitutiva con sus estatutos y el nombramiento de los representantes legal, y
g) Copia de su CIF.
II.2.2. Procedimiento de Selección (Criterios).
Para las organizaciones sociales:
a) Número y tipología de sus miembros, en donde será considerada la integración de mujeres, jóvenes, indígenas, discapacitados y personas de la tercera edad, así como el grado de representatividad;
b) Impacto social de su plan de trabajo, en donde será considerado el nivel de cobertura de sus actividades y beneficios directos para sus agremiados;
c) La orientación a resultados del plan de trabajo, conforme los términos de referencia que emita la unidad responsable;
d) Impacto social de la organización en el sector.
Para los Comités sistema producto:
a) Presentación en tiempo y forma de solicitudes;
b) Grado de avance de las acciones del plan rector;
c) Contenido de su plan anual de fortalecimiento en la operación y fortalecimiento del Comité;
d) Desempeño en los ejercicios anteriores.
De acuerdo con los criterios descritos, la unidad responsable correspondiente procederá conforme a lo siguiente:
a) Identificará las solicitudes que hayan cumplido con los requisitos exigidos por cada componente del programa;
b) Clasificará las solicitudes conforme el grado de cumplimiento de los criterios de selección;
c) Analizará el impacto social y económico del plan anual de fortalecimiento de dichas solicitudes, previamente identificadas y clasificadas;
d) Se realizará la ponderación de asignación de apoyos, conforme al grado de cumplimiento de los criterios de selección;
e) Se dictaminarán las solicitudes a apoyar y los montos asignados, y
f) El diagrama de flujo del procedimiento general de selección se ubica en el Anexo 62 de este programa.
II.3. Características de los Apoyos (tipo y monto).
Organizaciones Sociales.
Se autorizará el apoyo para cada organización y hasta por un monto máximo de $5´000,000.00 (Cinco millones de pesos) por año. Este monto se asignará en función del grado de cumplimiento de los criterios de selección y los términos de referencia señalados.
Una vez autorizado el apoyo, si éste es diferente a lo solicitado, la organización deberá informar por escrito a la unidad responsable en un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores a la notificación que se realice en los términos de la convocatoria correspondiente, la forma en la cual se adecuará el Plan de Trabajo, en función del apoyo autorizado. En el caso de que la organización no presente el Plan de Trabajo modificado en el término señalado, se cancelará el monto autorizado.
El plan de trabajo de las organizaciones solicitantes, tendrá que cubrir necesariamente los siguientes conceptos:
1. Profesionalización.- Correspondiente al pago de los gastos destinados al mejoramiento de las capacidades, conocimientos o habilidades en los ámbitos de organización y gestión de los profesionistas que le prestan sus servicios.
2. Equipamiento.- Este rubro contempla: adquisición de mobiliario y equipo de cómputo y de oficina; mantenimiento y conservación de instalaciones en cuyo concepto serán considerados los materiales de construcción, estructuras y manufacturas, materiales complementarios, material eléctrico y electrónico; programas de cómputo, refacciones y accesorios para el equipo de cómputo.
3. Difusión.- Gastos destinados a bienes y servicios relacionados con promoción de la organización; la ejecución de las actividades de la organización tales como congresos, foros, asambleas, mesas de trabajo y talleres, y
4. Gastos operativos.- Son aquellos derivados de la operación general de la organización y no imputables a los anteriores y hasta por un 30% del total del apoyo autorizado, adicionalmente deberán cumplir con los requisitos fiscales correspondientes.
Para el caso de que entre los conceptos que considere el plan de trabajo de la organización beneficiada se encuentre el equipamiento, ésta no podrá solicitar el apoyo para los mismos rubros en el ejercicio siguiente.
La implementación de esquemas de fortalecimiento sobre la participación consultiva en el medio rural, el procedimiento de selección, las prioridades estratégicas, así como los instrumentos jurídicos y lineamientos de operación correspondientes serán definidos por la Secretaría.
Comités sistema producto.
Se otorgarán apoyos para constituir y fortalecer la capacidad de participación de los Sistemas Producto en el diseño de políticas, estrategias y programas, los siguientes conceptos y montos máximos podrán solicitarse de manera independiente, en los términos del Plan Anual de Fortalecimiento:
a) Conceptos de Apoyo.- Profesionalización, equipamiento, difusión, estudios de fomento a la competitividad, centros de servicios y operación del Comité. La definición y detalle de estos conceptos serán determinados por la unidad responsable.
b) Se podrá asignar por año hasta un máximo de $2,000,000.00 (Dos millones de pesos) para los nacionales; y, $500,000 (Quinientos mil pesos) a los de cobertura estatal o regional, siempre y cuando la organización aporte o justifique haber aportado por lo menos el 15% del monto total de su Programa de Trabajo.
El costo de la formulación, actualización y seguimiento de los Planes Rectores se financiará con recursos que operará la unidad responsable y las Delegaciones en el nivel estatal.
II.4. Participantes.
II.4.1. Ejecutores.
Para el seguimiento y operación del programa, la unidad responsable podrá integrar una Comisión de Evaluación y Seguimiento conforme a la convocatoria que se emita.
Para la operación y seguimiento del programa, la Secretaría podrá apoyarse en las Delegaciones y, en su caso, convenir con entidades públicas nacionales vinculadas al sector, su participación como Agentes Técnicos.
Fracción III.- Operación.
III.1. Proceso.
Para el Componente de Organizaciones Sociales.
La Secretaría, a través de la unidad responsable, emitirá la convocatoria correspondiente a este componente, la que deberá ser publicada en el DOF y en la página electrónica http://www.sagarpa.gob.mx/ e indicar la ventanilla de atención autorizada, el periodo de recepción de solicitudes de apoyo y el cierre del mismo. Al finalizar el periodo establecido no será recibida solicitud alguna, aun y cuando éstas cumplan con los requisitos previstos en las presentes Reglas.
Concluido el periodo de recepción de solicitudes, la unidad responsable conforme a los criterios de evaluación que emita procederá a realizar el análisis cualitativo de éstas y sus anexos. En caso de que durante esta revisión se detectare alguna irregularidad o deficiencia en la documentación presentada, la organización de que se trate será prevenida por escrito y por única vez, a través de su representante designado en la solicitud, para que en el término máximo de 10 días hábiles aclare o regularice las deficiencias detectadas; con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo, se tendrá por no presentada su solicitud, devolviéndose los documentos que hubiere presentado.
Conforme al procedimiento de selección determinado en estas Reglas de Operación, se determinará los montos de apoyo que correspondan a las solicitudes dictaminadas procedentes.
Enterada la organización de la aprobación del apoyo que se determine, deberá en un término máximo de 30 días hábiles comparecer ante la unidad responsable a suscribir el convenio de concertación que corresponda, en la que se formalizarán las obligaciones adquiridas en los términos de estas Reglas de Operación.
El diagrama de flujo de este proceso de selección está en el Anexo 71 de este programa.
Para el Componente sistema producto.
Ventanilla autorizada. Las organizaciones beneficiarias de los apoyos a los Comités sistemas producto agrícolas deberán entregar las solicitudes en la Subsecretaría de Agricultura los sistemas producto pecuarios a la Coordinación General de Ganadería y los sistemas producto acuícolas y pesqueros en la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, para los niveles nacional y regional; y, en las Delegaciones para el nivel estatal. El periodo de recepción de proyectos será determinado por la unidad responsable de este componente y difundido mediante convocatoria previa que al efecto emita. Las solicitudes deberán estar debidamente integradas, requisitadas y foliadas, conforme lo que se establece en estas Reglas.
Las solicitudes presentadas por los comités nacionales y regionales serán dictaminadas por la CES de sistema producto, en un plazo que no excederá de 30 días hábiles, contados a partir del cierre de ventanillas. En caso de que hubiera observaciones, éstas deberán ser atendidas por la organización correspondiente; hecho esto, se emitirá el nuevo dictamen que, en caso de ser negativo, se le comunicará por escrito a los interesados.
En el caso de las solicitudes estatales, el dictamen estará a cargo del órgano colegiado correspondiente, considerando lo establecido en las presentes Reglas.
Las organizaciones nacionales y regionales beneficiadas deberán firmar con la Secretaría o Agente Técnico, un convenio de concertación para el otorgamiento de los recursos. A partir de la firma del convenio, los recursos que proporcione la Secretaría se otorgarán de acuerdo al calendario autorizado.
En el caso de los comités estatales, los recursos se proporcionarán mediante esquemas de concertación que defina la CES de sistema producto.
El diagrama de flujo de este proceso de selección está en el Anexo 72 de este Programa.
III.2. Indicadores.
Para medir el cumplimiento del objetivo de este programa, se establecieron indicadores de eficacia con base en la matriz de indicadores para resultados, los cuales están orientados a medir el fortalecimiento de las organizaciones sociales y comités sistema producto.
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OBJETIVOS |
INDICADORES |
FRECUENCIA DE MEDICION |
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Organizaciones sociales y Comités Sistemas Producto fortalecidas/os |
Porcentaje de incremento de organizaciones sociales fortalecidas en relación con el año anterior. |
Anual |
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Porcentaje de incremento de comités sistemas producto fortalecidos en relación con el año anterior. |
Anual |
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1.- Organizaciones sociales del sector profesionalizadas en gestión organizacional |
Porcentaje de organizaciones sociales apoyadas que han incrementado el número de proyectos con dictamen positivo emitido por diferentes áreas de la Secretaría |
Anual |
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Porcentaje de incremento de personas agremiadas a las organizaciones sociales del sector apoyadas que han acudido a cursos y talleres |
Anual |
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2.- Comités sistemas producto constituidos y operando con un Plan Estratégico. |
Porcentaje de los Comités sistema producto operando con planes rectores. |
Anual |
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Porcentaje de líneas estratégicas del Plan Rector Nacional atendidas en comités agrícolas |
Anual |