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La presente Ley es de orden
público e interés general y tiene por objeto
transparentar el ejercicio de la función pública
y garantizar el efectivo acceso de toda persona
a la información pública en posesión de los
órganos locales: Ejecutivo, Legislativo,
Judicial y Autónomos por ley, así como de todo
Ente Público del Distrito Federal que ejerza
gasto público.
El ejercicio del derecho a la
información comprende difundir, investigar y
recabar información pública.
En sus relaciones con los
particulares, los órganos Ejecutivo,
Legislativo, Judicial y Autónomos por Ley, así
como aquéllos Entes Públicos del Distrito
Federal que ejerzan gasto público, atenderán a
los principios de legalidad, certeza jurídica,
información, celeridad, veracidad, transparencia
y publicidad de sus actos.
La información generada,
administrada o en posesión de los órganos
Ejecutivo, Legislativo, Judicial y Autónomos por
Ley, así como de los Entes Públicos del Distrito
Federal que ejerzan gasto público, se considera
un bien del dominio público accesible a
cualquier persona, en los términos y condiciones
que establece esta Ley.
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Ultima modificación:
Jueves, 29 Octubre 2009
a las 16:20 por Webmaster |
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