Consejos Consultivos para la Transparencia
y Combate a la Corrupción |
Marco Jurídico
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| Reglas
de Operación 2002 de los Programas de la Alianza
para el Campo, Numeral 6.3, de la Contraloría
Social
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Objetivo
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| Con
la finalidad de mejorar la eficiencia, eficacia, honestidad
y transparencia en la ejecución de acciones,
revisar el justo reparto y la equitativa distribución
y aplicación de los recursos de los programas
sustantivos de la SAGARPA, así como prevenir,
detectar y abatir conductas irregulares y mejorar
la calidad de los servicios; la Secretaría
establece en las entidades federativas la integración
de Contralorías Sociales, mediante la constitución
de Consejos Consultivos Estatales para la Transparencia
y el Combate a la Corrupción, instancias en
las cuales la sociedad participa para coadyuvar con
la autoridad al transmitir el sentir del sector productivo,
denunciar irregularidades, señalar problemas,
proponer soluciones y evaluar el impacto de los resultados.
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Integrantes
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| Los
Consejos Consultivos Estatales están integrados
por organizaciones de productores, Comités
Estatales de Sanidad u homólogos, miembros
distinguidos de la sociedad, representantes de los
medios de comunicación, académicos,
presidentes de cámaras y asociaciones, entre
otros que se considere relevante su participación.
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Funciones
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| Conocer
de la veracidad del desarrollo de los programas de
la Secretaría y la correcta aplicación
de los recursos.
Transmitir al Comité Delegacional para la Transparencia
y el Combate a la Corrupción, el sentir de
los productores respecto a la transparencia en la
actuación de los servidores públicos
y del avance de las acciones de combate a la corrupción.
Apoyar
y proponer la instrumentación de medidas que
los productores y la sociedad civil sugieran para
asegurar la transparencia de las acciones y combatir
efectivamente la corrupción.
Captar quejas, denuncias y sugerencias y transmitirlas
al Auditor Ejecutivo de la Contraloría Interna
de la Delegación Estatal, o en su caso, al
Contralor General del Estado, integrantes del comité
Delegacional, para que en el ámbito de sus
respectivas facultades practiquen las investigaciones,
emitan su resolución e informen en el seno
del Consejo Consultivo y del Comité Delegacional
de sus avances.
Recibir de la SAGARPA la capacitación que se
requiera para el mejor conocimiento y difusión
de los programas de la Secretaría.
Conocer y opinar sobre la equitativa distribución
de los recursos de los programas sustantivos de la
SAGARPA.
Coadyuvar en la evaluación del impacto de las
acciones y los programas.
Promover su participación en la instrumentación
de programas federales y en la vigilancia de su ejecución.
Revisar que los programas se ejecuten de conformidad
con lo establecido en las disposiciones legales aplicables.
Proporcionar la orientación necesaria a la
población usuaria, en torno de los asuntos
que se traten con relación a los programas
y de acuerdo con las facultades que tenga conferidas
el área que lo haya designado.
Asesorar
sobre la aplicación correcta de la normatividad,
sugiriendo acciones conforme a la problemática
determinada.
Sesionar con el Comité Delegacional de manera
trimestral o antes di el 50% más uno de los
integrantes del Comité se encuentran de acuerdo
en realizar una sesión extraordinaria.
Informar a la opinión pública de las
acciones promovidas y logros obtenidos por el Comité
Delegacional y por el propio Consejo Consultivo.
Orientar y aclarar la información de los asuntos
a tratar, firmar el acuerdo respectivo y garantizar
su seguimiento.
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